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DEPORTES

31 de octubre de 2020

Después de 7 meses habilitan a los menores de 12 años a realizar actividades deportivas

Desde la 0 de este mismo sábado se permite la práctica de actividades deportivas individuales para los menores de 12 años.

El gobierno provincial santafesino aprobó este viernes a la noche, mediante el decreto 1.227 que comienza a regir este mismo sábado 31 de octubre, la práctica de actividades deportivas individuales para los menores de 12 años, con o sin interacción con oponentes, sin contacto físico en este último caso. Además también las actividades de entrenamiento individual.

La habilitación comprende las disciplinas mencionadas en los considerandos del mencionado decreto y las oportunamente establecidas en el decreto N° 0474/20 y sus normas complementarias.

El anexo único del decreto N° 0474/20 enumera distintas actividades deportivas habilitadas: deportes individuales (atletismo -excluidas las postas-, equitación, arquería, BMX, running, ciclismo, canotaje, remo y kajak individual, gimnasia artística y con aparatos, patín artístico, etc.). Deportes individuales en interacción con oponentes (tenis, pelota a paleta, tenis con paleta o criollo, fútbol tenis, tenis de mesa, padel) y actividades de entrenamiento individual para otras disciplinas (judo, artes marciales, etc.).

OBSERVACIÓN DE LAS NORMAS DE PROTOCOLO

Asimismo, el decreto firmado por el mandatario santafesino aclara que en caso que las actividades cuya habilitación se dispone por el artículo precedente involucren la utilización de infraestructura de clubes, centros o complejos deportivos o similares deberán observarse en su desarrollo las normas del protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social”.

En ese marco, “las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de los protocolos correspondientes a las actividades habilitadas y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaría; quedando facultadas a proponer mayores restricciones, requisitos y definir horarios y demás modalidades particulares en sus distritos para el desarrollo de las mismas”, destaca el decreto



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