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4 de mayo de 2020

Los taxis, remises y transportes escolares ya pueden prestar el servicio puerta a puerta

El Ejecutivo municipal los autoriza a transportar bienes no alimenticios o a hacer reparto a domicilio. Se establecieron los precios máximos y cómo es la contratación.

En el marco del aislamiento social obligatorio, la Municipalidad de Santa Fe reglamentó la ordenanza que habilita a los servicios de taxi, remises y transportes escolares a movilizar bienes no alimenticios en entregas puerta a puerta o reparto a domicilio, siempre que los mismos se remitan a productos de venta en comercios habilitados.

Este servicio ya está vigente en la ciudad de Santa Fe y los que quieran prestarlo no deberán presentar ninguna documentación extra ni hacer algún trámite en la Municipalidad. El precio de la tarifa será pactado entre el transportista que presta el servicio y quien abone el envío, que podrá ser tanto el vendedor como el comprador.

De todas maneras, el municipio estableció que el precio máximo de la tarifa será determinado según el radio aproximado de entrega, utilizándose como parámetro el valor de la bajada de bandera y las fichas del servicio de taxi, esto es $ 47,60 para el primero y $ 3,95 para el segundo. Se considera radio a la distancia entre el lugar de carga de los productos y el punto de despacho final de los mismos.

Los límites establecidos solo podrán superarse para las distancias que excedan los 12 mil metros y aquí sí está sujeta al acuerdo entre las partes. Vale destacar que de 0 a 3000 metros el valor es de una bajada de bandera más 18 fichas, de 3001 a 6000, una bajada y 30 fichas; y de 6001 a 12 mil metros, una bajada y 60 fichas. Esto es tanto para taxis como para remises.

Los mismos parámetros regirán para los transportes escolares, pero pudiendo alcanzar hasta un 50% más de los valores dispuestos. Las formas de contratación son las mismas que se usan en la actualidad para el traslado de personas, desde llamar a algunas de las empresas para que envíen un móvil, hasta parar un taxi o remís en la calle.

Es necesario destacar que esta modificación y ampliación del servicio de estos transportes fueron sancionadas dentro de la ordenanza N° 12.708 aprobada por el Concejo Municipal el pasado 23 de abril. Ahora, el Ejecutivo reglamentó la norma y ya está en marcha. Esta medida estará vigente mientras dure la pandemia o así lo establezca el intendente.

La ordenanza surgió a partir de la declaración de la emergencia sanitaria en la ciudad de Santa Fe por corononavirus, en virtud de los decretos de Necesidad y Urgencia 260/20 del gobierno nacional y el Nº 213/20 de la provincia.

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