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LOCALES

16 de febrero de 2016

Contundente fallo contra el periodista Carlos Fornés y Cablevisión SA por involucrar a Alberto Cejas, titular de FOECYT Santa Fe, en el delito de venta de medicamentos adulterados.

El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de la ciudad de Santa Fe falló condenó a Carlos Fornés, a su productora, Carmen Guevara, y a Cablevisión SA por haber provocado Daño y Perjuicio al dirigente postal al relacionarlo con el delito de venta de oncológicos adulterados y con la muerte de personas.

El Tribunal fue claro y contundente al sentenciar que: “Resuelve I) Acoger a la demanda invocada por el Señor Alberto Carlos Cejas y, en su consecuencia Condenar a Carlos Darío Fornés, Carmen Beatriz Guevara y Cablevisión SA. Santa Fe, in solidum, a abonar al actor en el término de 10 días de quedar firme este decoroso la suma acordada en el ítem VI de este fallo con los intereses allí determinados. II) Ordenar la publicidad del presente en el programa televisivo “Entrevistas” conducido por el Sr. Carlos Fornés y/o en su defecto en el espacio televisivo cedido a tal fin por Cablevisión SA Santa Fe como así también en el portal de internet C.fin conforme lo dispuesto en el punto VII del Considerando. III) Imponer las Costas como se especifica en el ítem VIII y diferir la correspondiente regulación de honorarios. IV) Tener las reservas formuladas”.

 

Cabe recordar que Carlos Fornés, en su programa “Entrevistas”, difundió un informe en octubre de 2009 en el que vinculó a Cejas, quien por ese entonces era también Diputado Provincial y Secretario General de la CGT Santa Fe, con “la mafia de los medicamentos”. Fornés lo acusó infundadamente de comercializar fármacos adulterados, del tipo oncológico en particular, por lo que también le atribuyó responsabilidad en la muerte de personas como consecuencia de los delitos que le imputó sin prueba alguna.

 

En esa emisión de “Entrevistas”, y con la imagen del Sindicato de FOECYT de fondo, el periodista afirmó que Cejas manejaba la obra social del personal de comunicaciones, OSPEC, y que comercializaba medicación para el tratamiento del cáncer que era “trucha”. Fornés se tomó la atribución de acusar, sentenciar y condenar a Cejas cuando le aseguró a su audiencia que “(Cejas)…debería estar entre rejas por su irresponsabilidad y esta actitud delictiva, cuántos muertos habrá habido por esto y cuántos más habrán”.

Por su parte, el dirigente postal pidió en su momento, vía Carta Documento, una rectificación pública de los dichos del periodista, algo a lo que Fornés se negó a la vez que afirmó que iba a seguir “hasta que Cejas esté preso por sus delitos”. Mientras tanto la grabación del informe siguió colgada durante meses en la página principal de la web del periodista, sosteniendo y profundizando el daño.

 

En el fallo, los Jueces consideran que esas ‘opiniones’ de Fornés son difamaciones que “generan una lesión directa y que proyectan a la comunidad una visión e imagen errónea del demandante afectándolo en su vida privada e institucional perjudicando su buen nombre y honor, su reputación y la de sus representados”. En este sentido, la sentencia también estableció que el fallo debía ser leído por Fornés “en su totalidad, por el mismo medio e igual cantidad de veces que realizó la difamación (emisión original y dos repeticiones) como así también dar igual tratamiento en el portal web”.

La empresa Cablevisión SA Santa Fe, resultó también condenada ya que el Tribunal consideró que la señal había difundido la mencionada nota siendo plenamente responsable de que su contenido era falso e injurioso y perpetraba un daño moral tanto a la persona de Alberto Cejas como a la institución sindical que dirige y que “mal puede vender espacios televisivos, obteniendo con ello un lucro, para pretender desentenderse luego de su contenido con la excusa de que no puede controlarlos”.

 

Es de destacar que en el folio nº327 y 328 del fallo, el Tribunal indica que “el demandado Fornés en ningún momento siquiera invocó las fuentes o tan siquiera las razones a partir de las cuales concluyera que el demandante se encontraba involucrado en la denominada “Mafia de los Medicamentos”.

Al ser consultado por el reciente fallo, Cejas se manifestó conforme con la sentencia y explicó que “gracias a Dios, nunca tuve que dar explicaciones, mi familia y amigos no dudan de quién soy ni de cómo me manejo en la vida, pero hay que tener en cuenta que en ese momento era Diputado Provincial y conducía la CGT Santa Fe, representando a ciudadanos y trabajadores, y se dañó la imagen de esas instituciones también además de la de mi querido FOECYT”.

En el escrito se evidencia que en ninguna instancia del juicio Fornés presentó una sola prueba de sus dichos y acusaciones, de la misma manera que queda claramente demostrado que Cejas no tiene relación alguna con la obra social OSPEC ni con la venta de ningún tipo de medicamento, adulterado o no. “Este fallo confirma que fue todo una artera campaña para dañar la imagen de mi persona a sabiendas de que se estaba publicando información carente de argumentos y sin relación con lo que se pretendía denunciar en el programa”, asegura Cejas.

 

El dirigente finaliza lamentando la triste realidad y dice que “le di oportunidad de retractarse pero al contrario, el ataque fue profundizado dejando de lado su función de informar con la verdad. Semejante ensañamiento deja muy claro las operaciones de desprestigio de las que son capaz determinada clase de personas que se dicen periodistas pero que, vaya uno a saber respondiendo a qué intereses propios o ajenos, salen a decir cualquier cosa sin evaluar el daño que pueden ocasionar, pero se hizo justicia, y eso es lo importante”, finalizó el dirigente telepostal.    



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