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PROVINCIALES

1 de noviembre de 2022

Procrear II: comenzó la inscripción para acceder a la casa propia

El programa sorterá 526 viviendas en todo el país.

El Ministerio Territorial y Hábitat confirmó el inicio de la inscripción para el próximo sorteo de Procrear II en 11 provincias. Se podrá acceder a créditos hipotecarios para la compra de 526 viviendas nuevas a pagar en un plazo de hasta 30 años. El formulario estará disponible hasta el 15 de noviembre.

¿Dónde se ubican las viviendas?

Los predios estarán ubicados a lo largo de 27 Desarrollos Urbanísticos en 11 provincias:

  • Buenos Aires
  • Chaco
  • Córdoba
  • Corrientes
  • Entre Ríos
  • Mendoza
  • Misiones
  • Neuquén
  • Salta
  • Santa Cruz
  • Santa Fe

¿En que ciudades de Santa Fe se realizará el sorteo?

En la provincia, las viviendas que ingresarán al sorteo son: el de la ciudad de Santa Fe - Estación Cambios / Parque Federal y en Rafaela, el complejo ubicado en calle Garibaldi, Suiza, vía existente ramal de enlace F2-CC4 (FF.CC Belgrano Cargas) y B. Anduiza

¿Cómo anotarse en el sorteo de Procrear II?

Desde el 1° de noviembre, las personas podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio. Allí, además se encuentran los requisitos necesarios que se deberán cumplir para poder acceder al sorteo.

¿Quiénes pueden acceder al sorteo?

  • No haber resultado beneficiado con planes de vivienda en los últimos diez años.
  • No tener bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país y tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Demostrar, como mínimo, doce meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante el último año, por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.


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