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13 de noviembre de 2025

Controversia por el nuevo radar en la Ruta 168: diferencias entre Vialidad Nacional y APSV

El dispositivo ya funciona frente al ingreso a Colastiné Sur. Mientras la provincia sostiene que tiene potestad para fiscalizar el tránsito en rutas nacionales dentro de su territorio, desde Vialidad Nacional remarcan que no se pidió autorización para instalar la estructura.

Un nuevo radar de control de velocidad ubicado en el kilómetro 5,8 de la Ruta Nacional 168, frente al ingreso a Colastiné Sur y junto al Club Atlético Velocidad y Resistencia, generó una controversia institucional entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y Vialidad Nacional.

El dispositivo, que ya se encuentra operativo, mide la velocidad de los vehículos que circulan en sentido hacia la ciudad de Santa Fe, donde la velocidad máxima permitida es de 80 kilómetros por hora, al tratarse de una zona urbana. Las infracciones detectadas por este radar serán tramitadas ante el Tribunal de Faltas de Santa Fe, con sede en San Luis 3078.

Desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial, defendieron la legalidad y competencia de la provincia para ejercer el control del tránsito sobre rutas nacionales que atraviesan su territorio. “No se requiere autorización de Vialidad Nacional para fiscalizar el tránsito; es una facultad provincial”, sostuvieron fuentes del organismo.

Sin embargo, desde Vialidad Nacional marcaron una diferencia clave. Voceros del organismo aclararon que su competencia se limita al control sobre las estructuras físicas que se emplazan dentro de la zona de camino.

“Vialidad Nacional no realiza controles de velocidad ni autoriza comunicación con controles de tránsito. Lo único que corresponde tramitar ante nosotros es el permiso para instalar elementos físicos dentro de la zona de camino, como postes o soportes, que deben cumplir con nuestras normativas técnicas”, explicaron.

Según indicaron, en el caso del radar de la Ruta 168, no se tramitó el permiso correspondiente para la instalación de los elementos físicos. No obstante, aclararon que “la falta de ese trámite no invalida las multas, ya que Vialidad no tiene competencia sobre sanciones ni sobre los juzgados de faltas”.

De esta manera, la controversia entre los organismos gira en torno a dos planos distintos: por un lado, la autorización para la instalación física del radar; y por otro, la potestad para fiscalizar el tránsito y sancionar infracciones.

Mientras tanto, el radar ya está operativo, con el objetivo de reducir la velocidad y mejorar la seguridad vial en un sector de alta circulación y frecuentes siniestros viales. Sin embargo, el cruce entre jurisdicciones evidencia la complejidad administrativa que aún persiste en la gestión de los controles de tránsito sobre los corredores nacionales que atraviesan la provincia.

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