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5 de abril de 2024

IAPOS lanzó su campaña de vacunación antigripal

Comenzaron a otorgarse turnos a los afiliados y afiliadas.

El IAPOS informa a sus afiliados y afiliadas que a partir del 5 de abril se comenzarán a otorgar los turnos para acceder a la vacunación antigripal 2024.

Quedan comprendidos en la campaña todos los afiliados al Instituto mayores de 65 años y los menores de esa edad que se encuentren incluidos en grupos de riesgo.

Los turnos pueden ser solicitados por la aplicación para celulares "Mi IAPOS"; a través de la web del IAPOS, www.iapossantafe.gob.ar, o personalmente en las farmacias. La vacunación se realizará en la Red de Farmacias del Colegio de Farmacéuticos adheridas para tal fin. El listado de las mismas puede ser consultado en la página web de la obra social.

La inoculación de los menores entre 6 y 24 meses se realizará exclusivamente en los efectores públicos de salud, sin necesidad de solicitar turno.

Junto al Ministerio de Salud, se está realizando la vacunación de los beneficiarios del IAPOS que se encuentran en instituciones geriátricas. Además, desde el instituto se está organizando la logística para la inoculación de los beneficiarios que se encuentran con internación domiciliaria y no pueden trasladarse para recibir la vacuna en las farmacias.

Para mayores consultas los afiliados pueden comunicarse al 0800 444 4276, los días hábiles de 8 a 14 hs., o bien por correo electrónico a [email protected]

GRUPOS DE RIESGO

De acuerdo a lo resuelto por la Cartera Sanitaria Nacional,  los beneficiarios entre 2 y 64 años comprendidos en los grupos de riesgo son: el personal de salud; embarazadas y puérperas;  quienes tengan enfermedades respiratorias; enfermedades cardíacas; inmunodeficiencias congénitas o adquiridas; pacientes oncológicos/oncohematológicos y transplantados; obesos morbidos, diabéticos; insuficiencia renal crónica avanzada; retraso madurativo grave en menores de 18 años de edad, sindromes genéticos; enfermedades neuromusculares con compromiso resiratorio y malformaciones congenitas graves; convivientes de enfermos oncológicos/oncohematológicos y de prematuros menores de 1.500 g. y otras patologías determinadas por la resolución ministerial.

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