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18 de marzo de 2025

Se modificó la Ley Nacional de Tránsito: los cambios a tener en cuenta

Las nuevas medidas buscan agilizar trámites y reducir costos. Se incluyen licencias digitales, pesos sin barreras y revisión técnicas simplificadas para vehículos.


El Gobierno nacional oficializó las modificaciones que completan la desregulación del transporte automotor. Se busca agilizar diversos trámites administrativos y reducir los costos para todos los conductores, tanto particulares como profesionales. 
Entre las reformas, se incluyen la simplificación de los procesos de renovación del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, la implementación de la licencia nacional digital, la eliminación de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y la autorización de etiquetas sin barreras.
Las medidas se formalizaron mediante el Decreto 196/2025. 
Una de las mejoras más notables es la digitalización de la licencia nacional de conducir, que será válida en todo el país . Para su renovación, los conductores deberán presentar un certificado de aptitud psicofísica en línea cada cinco años si son menores de 65 años, cada tres años a partir de los 65 años, y de forma anual a partir de los 70 años.
En casos de infracciones graves, la renovación también requerirá la aprobación de un examen teórico-práctico. Además, los conductores principiantes deberán utilizar un cartel que indique su condición durante los primeros seis meses desde la expedición de su licencia. En caso de cometer faltas tumbas durante los primeros dos años, la licencia será suspendida

Los cursos teórico-prácticos y los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios para obtener la licencia, podrán llevarse a cabo de manera descentralizada por prestadores autorizados, ya sean públicos o privados, con estándares y exigencias definidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados pueden presentarse en línea, facilitando los trámites.

Respecto a los conductores profesionales de transporte de cargas y pasajeros, se suprime la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). A partir de ahora, las licencias nacionales de las clases C, D y E serán válidas para el transporte interjurisdiccional siempre que sean emitidas por autoridades competentes según la Agencia Nacional de Seguridad Vial.



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