Sábado 16 de Mayo de 2026

Hoy es Sábado 16 de Mayo de 2026 y son las 05:16 - /// Radio de Noticias - FM 91.9 - Santa Fe - Capital - República Argentina

12 de octubre de 2017

El Concejo prohibió el uso y venta de pirotecnia

No se podrá fabricar, comercializar ni usar en forma particular ningún elemento de cohetería dentro de los límites de la ciudad. Sólo estarán permitidos los fuegos de artificio visuales, y el uso de artefactos pirotécnicos para las Fuerzas Armadas y Seguridad.

Luego de casi seis años, el Deliberativo logró declarar por unanimidad a la ciudad capital “Territorio Libre de Pirotecnia”. Estaban representantes de papás de niños autistas y referentes de ONGs proteccionistas de animales, entre otros.

Fue una ordenanza muy trabajada y consensuada. Implica que en el ejido municipal queda prohibida la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista y minorista y uso particular de pirotecnia o cohetería. En limpio: no más estruendos en las fiestas navideñas, ni en los eventos públicos ni privados, ni en ninguna otra actividad.

Sólo hay dos excepciones: el uso de “fuegos artificiales visuales” por parte de particulares e instituciones públicas o privadas (en tanto se trate de la organización y realización de espectáculos), previa autorización del Ejecutivo o aplicación competente designada por éste; y de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y a sus integrantes “en el ejercicio de sus funciones específicas”.

Multas

Quienes no se ajusten a la nueva normativa quedarán expuestos a percibir sanciones. Dice la ordenanza que la primera infracción será penada con multa de (el valor de) un salario mínimo, vital y móvil (que desde el 1º de julio de 2017 está fijado en 8.860 pesos) y decomiso de mercadería.

En la segunda infracción, la multa será el equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio por un día; y la tercera infracción, multa de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de la mercadería y clausura del comercio de dos o cinco días.

Definición

La ordenanza sancionada no olvida dar una definición: “Se considera artificio pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan y accionen mediante el uso de mecha, combustión o ficción”.

Fuente: El Litoral.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

ACTUALIDAD
María Migliore en Santa Fe: " Las buenas intenciones solas no transforman. Hay que saber hacer cosas concretas que mejoren la vida de todos"

María Migliore en Santa Fe: " Las buenas intenciones solas no transforman. Hay que saber hacer cosas concretas que mejoren la vida de todos"

Paco Garibaldi encabezó una jornada junto a la ex ministra de Desarrollo Urbano y Hábitat de la ciudad de Buenos Aires, por los barrios V. Sarsotti y Centenario, junto a especialistas en urbanismo y referentes sociales. En la misma se debatió sobre la importancia de integrar el conocimiento técnico con la participación ciudadana para transformar la infraestructura de la ciudad.

Néstor Pitana dirigirá el partido despedida del “Pulga” Rodríguez en el estadio de Colón

El exárbitro estará presente en Santa Fe para el encuentro homenaje al ídolo Sabalero. Dirigió la final de Colón ante Racing en San Juan

Seguridad Vial: implementan nuevo examen para obtener la licencia de conducir motos

El nuevo protocolo comenzará a regir el lunes 18 en toda la provincia de Santa Fe y será obligatorio en los Centros de Emisión de Licencias.

Comentarios

Escribir un comentario
PDTF8
Completá el captcha para publicar tu comentario sin salir de la nota.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.