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9 de mayo de 2017

San Juan: la Justicia dispuso la inconstitucionalidad del 2?—1 en casos de lesa humanidad

La decisión se dio luego de que se conociera el fallo de la Corte Suprema que declaró aplicable el beneficio de esa ley en el caso de un condenado por violaciones a los derechos humanos.

El tribunal oral federal de San Juan dispuso la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley del dos por uno para delitos de lesa humanidad. Es el primer fallo de un tribunal oral tras el fallo de la Corte que había permitido reducir la pena de Luis Muiña, un condenado por violaciones a los derechos humanos.

Los jueces federales Hector Cortez, Raúl Fourcade y Alejandro Piña acogieron la opinión del fiscal federal Francisco Maldonado que se había opuesto a la libertad que había pedido Alejandro Lazo, un represor condenado en 2013 a 10 años de prisión por asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad, tormentos agravados. Lleva detenido con prisión domiciliaria seis años y cinco meses, y según lo señalado por su letrado con el 2×1 ya habría superado los años de su sentencia.

Sin embargo el fiscal entendió que la aplicación de ese beneficio viola la Constitución porque vulnera el derecho a la verdad y los pactos internacionales que comprometen a la Argentina.

Los jueces del tribunal oral federal de San Juan le dieron la razón. Dijeron que el fallo de la Corte no aborda el problema de la constitucionalidad y que solo cabe para el caso de Luis Muiña.

Dijeron que se estaría dando un trato injusto y privilegiado a los condenados por terrorismo de Estado y los condenados por delitos comunes. Con estos argumentos rechazaron la excarcelación y declararon la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley del 2 por uno.

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