Jueves 19 de Septiembre de 2024

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ECONOMIA

2 de agosto de 2024

Proyecto de ley de Moratoria impositiva para deudas por sequía

El proyecto comprende deudas originadas entre septiembre de 2022 hasta abril de este año. El proyecto, presentado por el diputado Walter Agosto del bloque Hacemos Santa Fe, contempla cómo beneficiarios del régimen a los pequeños contribuyentes, micro, pequeñas y medianas empresas con deudas originadas entre septiembre del año 2022 y abril del corriente año.

Agosto es acompañado en la firma por Omar Perotti, Alejandra Rodenas, Marcos Corach, Celia Arena, Sonia Martorano, Lucila De Ponti y Verónica Baró Graf.

Entre los principales fundamentos el autor de la iniciativa expresa que "a esta altura del año 2024 y con las estadísticas oficiales ya publicadas, es posible observar claramente que la sequía histórica por la que atravesó el país en 2023 ha sido letal para la economía provincial. Santa Fe resultó la provincia más afectada, no sólo por la severidad del fenómeno sino también por su cobertura geográfica y extensión en el tiempo. La provincia registró una contracción de su actividad económica del 8,6% el pasado año, observándose una caída generalizada en la evolución de sus principales sectores productivos, en particular en las Mipymes, dado su gran predominio en la cadena productiva santafesina".

Agosto marca que, por la importancia de estos sectores en el valor agregado provincial, el impacto en las arcas provinciales fue notable, con importantes caídas en términos reales de la recaudación provincial durante el pasado año. No deja de mencionar las medidas del nuevo gobierno nacional profundizaron la tendencia contractiva de la economía, lo que ha golpeado el ingreso disponible de los contribuyentes, así como la rentabilidad de las empresas. También destaca que el Congreso de la Nación ha sancionado el denominado paquete fiscal, que incluye un régimen de regularización de obligaciones fiscales y aduaneras exigibles al 31 de marzo último.

El proyecto exceptúa del ingreso a la moratoria a contribuyentes con proceso  penal  abierto  por  delitos  tributarios  referidos  a  impuestos

 

provinciales; en tanto hayan sido pasibles de una requisitoria de acusación en su contra presentada ante el Juez de la Investigación Penal Preparatoria en los términos de los artículos 294 y 296 del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe; los agentes de recaudación del sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no; agentes de retención y/o percepción por los importes que hubieran retenido o percibido y que no fueron ingresados al fisco, multas y por cualquier concepto.

En otro orden, el proyecto prevé que las obligaciones fiscales que se regularicen se calcularán adicionando al monto del impuesto, tasa o contribución el dos por ciento (2%) de interés simple mensual, calculado de su fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización del convenio respectivo, más las multas si correspondieren de acuerdo a lo que disponga la reglamentación. Con relación a los planes de pagos, además del pago contado, que implica una quita del 80% de los intereses, se proponen planes de pagos de 12, 24, 36 y 48 cuotas, con un interés creciente que va del 2% al 3,5%, bajo sistema alemán. En el caso de los planes de pagos de 12 cuotas y 24 cuotas, se accede a una quita del 40% de los intereses, en el primer caso, y del 20% de los intereses en el segundo caso.

Para todos los de Convenios de Pago, el importe de cada cuota no podrá ser inferior a tres mil pesos, en el caso de los impuestos de emisión, mientras que para el resto de los impuestos, tasas y contribuciones el monto no podrá ser inferior seis mil pesos.



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